David Guisado Aparejador Sevilla

¿Que obligaciones tiene el constructor en una obra?

Hola a todos!. Siguiendo con el ciclo de análisis de los agentes de la edificación, que se recogen en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en adelante LOE. En la entrada de hoy os hablo del constructor. En el anterior post sobre «¿Sabes quienes son los agentes de la edificación?«, enumero la relación de los agentes de la edificación que define la LOE. 

Definición de Constructor

Para la definición de constructor, la LOE lo considera como el agente que por contrato ante el promotor, asume la ejecución de las obras o parte de ellas, de acuerdo con el contrato y el proyecto que las definen.

Por lo que la LOE define que es la persona física o jurídica que lleva a cabo la construcción de las obras contenidas en un proyecto de edificación, teniendo en cuenta el contenido del contrato.

Obligaciones del Constructor

Las obligaciones que se establecen en la LOE para la figura del Constructor son las siguientes:

a) Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.
b) Tener la titulación o capacitación profesional que habilita para el cumplimiento de las condiciones exigibles para actuar como constructor.
e) Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra.
d) Asignar a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.
e) Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el contrato.
f) Firmar el acta de replanteo o de comienzo y el acta de recepción de la obra.
g) Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada.

h) Suscribir las garantías previstas en la LOE

Hasta aquí la definición y las obligaciones del Constructor, no obstante comentar que en Estudio Viso, SCP somos especialistas en Gestión Integral de Proyectos de Construcción, por lo que podemos ofrecerle asesoramiento personalizado sobre cualquier tipo de proyecto que tenga en mente, sólo tiene que contactar con nosotros.

Si queréis conocer cuales son las definiciones y obligaciones sobre los agentes de la edificación, podéis visitar los siguientes posts:

¿Cuales son las obligaciones del Promotor?

– ¿Qué funciones tiene El Director de Obra?

 ¿Qué funciones tiene El Director de Ejecución de Obra?

– ¿Qué sabes de la Dirección Facultativa?

 

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