David Guisado Aparejador Sevilla

¿Qué funciones tiene El Director de Ejecución de Obra?

Como continuación al análisis de los agentes de la edificación, que se recogen en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en adelante LOE. Este post lo dedico al concepto de la figura del Director de Ejecución de Obra, un rol que suelo llevar en todas mis intervenciones en obras de contrucción, ya sea en obra nueva, reformas o rehabilitaciones. En el anterior post sobre «¿Sabes quienes son los agentes de la edificación?«, enumero la relación de agentes de la edificación que define la LOE, y en el post ¿Qué funciones tiene el Director de Obra? expongo las obligaciones del Director de Obras.

Definición:

El Director de Ejecución de Obra es el agente de la edificación, que dentro de la Dirección Facultativa, dirige la ejecución material de la obra, controla cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.

Una vez descrita la definición, paso a enumerar las principales obligaciones del Director de Ejecución de Obra:

Obligaciones:

– Deberá poseer la titulación académica y profesional que lo habilite según la actuación a desarrollar y cumplir las condiciones para el correcto ejercicio de la profesión. Cuando se trate de la construcción de edificios dentro del grupo a) del apartado 1 en el artículo 2, las titulaciones académicas y profesionales habilitantes son arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.

– Deberá verificar la recepción en obra de los distintos suministros y materiales, ordenando las pruebas y ensayos necesarios.

– Deberá dirigir la ejecución material de las obras, comprobando los replanteos, los materiales, la correcta disposición de los elementos constructivos y las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y las instrucciones del Director de Obra.

Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta ejecución de las obras.

– Deberá suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.

– Deberá colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.

Hasta aquí la definición y las obligaciones del Director de Ejecución de Obras. Como podéis comprobar, en líneas generales, son muchas las consideraciones a tener en cuenta por el Director de Ejecución de Obras, desde aquí os invito a contactar conmigo por cualquier vías disponible para poder escuchar y valorar vuestras necesidades en relación a la Dirección de Ejecución o cualquier otra cuestión relacionada con este precioso pero a la vez enorme mundo de la construcción.

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