David Guisado Aparejador Sevilla

Introducción a los contratos de obras. Ciclo de Contratos de Obra. (I)

Hola a todos, hoy os quiero hacer una introducción a los contratos de obras. Esta será la primera publicación de un ciclo donde pasaré a explicar las modalidades de contratos de obra existentes, las partes que intervienen, la regulación y las consideraciones esenciales a tener en cuenta en los mismos.

Para esta primera publicación, quiero centrarme en una introducción a los contratos de obra.

Tipos de contratos de obras

En el sector de la construcción existen numerosos contratos, es de vital importancia identificar el contrato que se ajusta a nuestras necesidades, generalmente nos identificaremos con la parte promotora dentro de los contratos, aunque también nos pondremos en la parte de la constructora.

Para delimitar los contratos existentes, los enumeraré brevemente:

  1. Contratos de construcción. Es el contrato de ejecución de las obras, incluyendo sus contratos derivados de suministros de materiales y subcontratación de ejecución de obras.
  2. Contratos laborales. Son los que regulan las relaciones laborales de los trabajadores.
  3. Contratos inmobiliarios. Son los relacionados con la propiedad inmobiliaria, siendo alguno de ellos los de compraventa o alquiler.

Una vez enumerados, me centraré en desarrollar los aspectos más importantes de los contratos de construcción.

Denominación

Existen diversas formas de referirse a los contratos de obras, ya sea como «contrato de obra», «contrato de ejecución de obra» o bien «contrato de arrendamiento de obra». Todas estas denominaciones son genéricas, ya que no definen las obras objeto del contrato. Es muy recomendable a la hora de suscribir un contrato de obra, indicar la denominación de la obra. Un ejemplo de ello podría ser: «contrato de ejecución de obras para la construcción de vivienda».

Definición de contrato de obras.

La definición que entiendo para el contrato de obras, como aquél contrato en el que una de las partes encarga a la otra la construcción de un inmueble, con sujeción a un proyecto técnico o arquitectónico previamente definido, obligándose a pagar por ello un precio cierto.

Hasta aquí la entrada de hoy. Como podéis comprobar en líneas generales estas son las tipologías de contratos de obras, así como su denominación y definición. Desde aquí os invito a contactar conmigo por cualquiera de las vías disponibles para poder escuchar y valorar vuestras necesidades en relación a los contratos o bien a cualquier servicio que os pueda prestar.

Muchas gracias, nos leemos.

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